En El Nombre de Allah, El Compasivo, El Misericordioso

Fatwa Sobre El Papel Moneda

2. ¿QUÉ ES EL PAPEL MONEDA?

Lo que hoy conocemos como papel moneda es el resultado de una evolución histórica.  Y aun está evolucionando * [*está evolucionando de su forma de papel hacia la forma electrónica que representa alguna hipotética unidad de moneda, como el único y universal medio de cambio].  El papel moneda en la historia ha pasado a través de diferentes etapas, en las cuales el papel moneda ha adoptado diferentes naturalezas y por tanto ha sido entendido de diferentes maneras.

EL PAPEL MONEDA A TRAVÉS DE LA HISTORIA

El papel moneda es la creación del kufr del Occidente y no es la creación del Islam.  Fue introducido luego en las tierras musulmanas por medio de la presión colonial e intelectual de los kuffar y la colaboración de algunos munafiqun.

En la Edad Media europea el dinero consistía en oro y plata, aunque generalmente desvalorizado por los reyes.  El uso de papel moneda se registra ya, aunque en un uso muy limitado, entre los mercaderes y los banqueros en Italia en el siglo undécimo, y más tarde en Nápoles, Suecia, Colonia, Viena y Granada en el siglo XV hasta las tentativas o experimentos con el papel moneda que tuvieron lugar en Francia durante el siglo XVIII (John Law en 1720).  Este uso original del papel moneda debe ser distinguido del uso del papel moneda en el nuevo país llamado Estados Unidos, cuando ocurrió un cambio significativo y fundamental en el uso del papel moneda: el papel moneda, el dólar, se convirtió en el medio de cambo generalizado y duradero.  Todavía debe distinguirse un tercer período luego de la Segunda Guerra Mundial, cuando el papel moneda gradualmente se convirtió en lo que es hoy en día: una mercancía monopolizada que subsiste por sí misma, sin representar ninguna otra mercancía.

 Podemos distinguir dos maneras opuestas en las que se puede entender el papel moneda:

a)  El papel moneda como una deuda (representando otra mercancía): dayn (deuda, responsabilidad, obligación, reclamo)

b)  El papel moneda como una mercancía (como una pieza de papel): 'ayn (un derecho de propiedad tangible, específico, no incierto) - como lo opuesto a dayn. 

A) EL PAPEL MONEDA COMO DEUDA

El papel moneda fue una nota de deuda.  Fue originalmente una promesa de pago basada en un depósito previo de una cantidad de dinero que se le hacía a alguien como custodio.

ORIGEN DEL PAPEL MONEDA COMO UNA

NOTA DE DEUDA BASADA EN UN DEPÓSITO

Originalmente, el papel moneda era un recibo que representaba una cierta cantidad de moneda real, normalmente oro o plata, entregada al orfebre.  El papel moneda no era entonces la moneda de curso legal (impuesta por la ley de un estado), sino que tan sólo representaba un contrato por el cual se reconocía un depósito de dinero (como una deuda) con el orfebre.  Normalmente la razón para este tipo de contrato era el deseo de mantener el oro (o la plata) en un lugar seguro con el orfebre.  Cuando el oro se le depositaba al orfebre, se emitía a cambio un recibo por el cual este último admitía que tenía la suma de dinero del depositante.  Muy pronto algo empezó a ocurrir con los recibos.  Si un cliente quería comprar algo y tenía algunos recibos, ¿porqué iba a ir hasta el orfebre para cambiarlos por oro, si podía comprar directamente con los mismos [recibos]?  Esto último era mucho más fácil.  El mercader, entonces, decidía pagarle a sus proveedores con tales recibos.  Así se puso el papel moneda en circulación, aunque limitadamente.  En cierto momento el orfebre se dijo a sí mismo: "Aunque mucha gente puede cambiar los recibos por oro, no lo hacen todos a la vez, por lo que podría prestar recibos por un período de tiempo y nadie lo notará.  Puesto que los recibos son como el oro, puedo crear dinero de la nada y prestarlo a un interés".  El principio de la banca se originó así.  Los bancos empezaron a aparecer por todos lados, algunos de ellos crecieron, y algunos que eran muy codiciosos colapsaron.

Otro paso en este proceso de evolución ocurrió cuando se creó el concepto de banco nacional.  Éste iba a ser el banco de los bancos.  El primero fue el Banco de Inglaterra (1694).  Su fundador, William Paterson, lo explicó de la siguiente forma: "El banco se beneficiará del interés sobre dinero que crea de la nada".  La relación entre el banco y el establecimiento del papel moneda como medio de cambio es esencial.  Lo uno no podría haber ocurrido sin lo otro.

EL DEPÓSITO DE LOS BIENES (AMANA) EN LA LEY ISLÁMICA

Si tan sólo examinamos la naturaleza del depósito inicial del dinero ante el orfebre, diremos que depositar el dinero con alguien con el único afán de seguridad no es un préstamo sino simplemente un servicio que se le da al propietario de la moneda para la seguridad de la moneda.  Será entonces el equivalente de arrendar el servicio de seguridad de un custodio del dinero.  Por el servicio de custodia, se le puede cobrar cierto monto al propietario, siempre que la persona que ofrezca el servicio de custodia no tenga derechos sobre dicha propiedad y no pueda gastar el dinero que se le deposita.  Si usa el dinero, debe ser con el permiso del propietario.

Si la persona que custodia el dinero lo usa con el permiso del propietario, esto quiere decir que ha habido un préstamo y entonces debe ocurrir un contrato ya sea bajo las reglas de la deuda simple (dinero por dinero en una medida fijada) o bajo las reglas del contrato de qirad.  Pero si usa el dinero sin el consentimiento del propietario entonces la persona que custodia el dinero se hace responsable en caso de pérdida.  En el caso de una ganancia generada con dinero tomado sin consentimiento, la misma debe transformarse en un qirad, y el beneficio será compartido entre el propietario y la persona que lo custodiaba, como inversor y agente.  Esto puede sustentarse sobre la base de la similitud con el caso relatado por Malik en su "Al-Muwatta":

"Malik me relató de Zayd ibn Aslam que su padre dijo, 'Abdullah y 'Ubaydullah, los hijos de 'Umar ibn al-Khattab, partieron de Iraq con el ejército.  En el camino a casa, pasaron por donde Abu Musa al-Ash'ari, el emir de Basra.  Él les saludó y les dio la bienvenida y les dijo que si había algo en que pudiera ayudarlos, lo haría.  Entonces dijo, 'Hay algo que de la propiedad de Allah que quisiera enviar al 'Amir al-Muminin.  Se los prestaré y así podrán comprar artículos de Iraq y venderlos en Madina.  Entonces den el principal de dicha suma al 'Amir al-Muminin y quédense con la ganancia.'  Ellos respondieron que les gustaría hacer eso, por lo que les dio el dinero y escribió a 'Umar ibn al-Khattab que recibiera el dinero de parte de ellos.  Cuando hicieron las ventas, tuvieron ganancias.  Al entregarle el principal a 'Umar, éste preguntó, '¿Le ha prestado él a cada uno del ejército como ha hecho con ustedes?'  Ellos dijeron, 'no'.  'Umar ibn al-Khattab dijo, 'Él les hizo este préstamo porque ustedes son los hijos del 'Amir al-Muminin, por lo tanto, paguen el principal y la ganancia'.  'Abdullah permaneció en silencio.  'Ubaydullah dijo, 'No necesitas hacer esto, 'Amir al-Muminin.  Si el principal se hubiera sufrido una merma o se hubiera destruido, nosotros lo habríamos garantizado'.  'Umar dijo, 'Páguenlo'.  'Abdullah permaneció en silencio y 'Ubaydullah repitió lo que dijo.  Un hombre que estaba sentado con 'Umar dijo, ''Amir al-Muminin, sería mejor que hicieras de ello un préstamo qirad'.  'Umar dijo, 'Lo he hecho un qirad'.  'Umar entonces tomó el principal y la mitad de la ganancia, y 'Abdallah y 'Ubaydullah, los hijos de 'Umar ibn al Khattab, tomaron la mitad de la ganancia".("Al-Muwatta", 32, 1)

Sobre esta base, el servicio de la custodia del dinero de uno puede involucrar el contrato de locación de tal servicio, pero no le da al custodio ningún derecho sobre el dinero.  Si la persona que hace la custodia usa el dinero, entonces ocurre un contrato de préstamo o un contrato de qirad independientemente de la custodia del dinero, por lo que no hay allí locación del servicio.  Las condiciones del préstamo y las condiciones del qirad son bien conocidas y están basadas en el mutuo consentimiento de ambas partes involucradas, sin más condiciones que las naturales de dicho contrato.

 

DEPÓSITOS EN UN BANCO

Actualmente, tus depósitos en el banco te ofrecen algún interés.  Si eres un hombre de negocios conocido (con garantías) te podrían prestar interés a una tasa particular de interés que no sería muy cara: 10% o incluso menos (dependiendo del caso).  El banco podría prestar 20 veces más ingresos que la cantidad de papel moneda que tiene en efectivo.  Por lo que cuando cargan un 10% sobre 20 veces su cantidad de papel moneda, es como conseguir un beneficio de 200%.  El exitoso hombre de negocios está feliz por el dinero fácil y el banco está teniendo un enorme beneficio.  ¿Quiénes son los perdedores?  El resto de la gente que tiene el oro, pues la circulación de ingresos hecho todo más caro.  Si de pronto aumentas la cantidad de dinero en circulación, la competencia por el mismo número de bienes producirá que los precios se eleven: inflación.  El juego especulativo del papel moneda afectó a todos en el mercado.  Más dinero, precio más altos.

 El uso del dinero de algún otro comporta un intercambio.  Un intercambio de bienes es un intercambio de la propiedad de los bienes.  Por lo que el uso del papel moneda implica, ya sea formalmente o no, la existencia de un intercambio, a saber, un préstamo o un qirad.  Es una condición necesaria que cualquier contrato sea celebrado por consentimiento mutuo, por lo que la decisión de usar el papel moneda en depósito no puede ser tomada unilateralmente.  Cualquier intercambio que ocurra de esa manera en consecuencia no puede aprobarse.

Es usurero, y por tanto haram, en cualquier intercambio, como en un préstamo, cargar algo extra por el servicio de haber custodiado el dinero.  Esto sólo pude ocurrir si se ofrece el servicio sin ninguna forma de intercambio de propiedad.  Por lo que el depósito del dinero no tiene ninguna relación con prestar o invertir.  El préstamo y la inversión son independientes del depósito de dinero en manos de alguien por razones de seguridad.

Hemos considerado las obligaciones y las condiciones del papel moneda como un contrato privado de deuda entre dos personas.  Ahora consideraremos cuándo es permisible transferir la deuda y en qué circunstancias esto se vuelve un medio de cambio y cuándo se convierte por parte del estado en el medio legal de cambio.

 

 CUANDO UNA DEUDA SE CONVIRTIÓ

EN EL MEDIO LEGAL DE CAMBIO

El establecimiento de la banca creó una nueva situación en relación con el papel moneda.  El banco creado por Paterson tenía 72 000 libras en oro y se prestó 16.75 veces ese monto al rey de Inglaterra (William de Orange) para financiar su guerra contra Francia.  El banco prestó el interés a una tasa anual de 8,25% de manera tal que recibió 100 000 libras al año, esto es, un cerca del 140% al año.  Alguna gente empezó a rumorear que el banco no tenía suficiente oro para todo el reino, y se dio una ley porla que se daba a los recibos el mismo valor que el oro que representaban.  La deuda se convirtió entonces en el medio legal de cambio.  Este ejemplo se repitió exitosamente en otros países, hasta que alcanzó su pico con el establecimiento constitucional del papel moneda legal en U.S.A.

LA TRANSFERENCIA DE DEUDAS EN LA LEY ISLÁMICA

Cuando la deuda empieza a circular fuera del área involucrada de las dos personas implicadas (en la misma), la deuda se convierte en dinero.  Pero el uso de la deuda fuera del área privada en el que se originó puede llevar al fraude y la usura, como de hecho ha ocurrido.  El carácter de una deuda, el cual consiste en registrar un acuerdo para pagar un cierto monto en un plazo dado, es ignorado sólo para satisfacerse con una ganancia ilegal.  En el Islam, las deudas están limitadas a la conclusión de un contrato, y la transferencia de deudas en la ley islámica también está limitada a un evento privado.

La creación de una deuda está limitada a un caso particular y a una persona en particular, y no puede ser generalizada.

Está limitado sólo a aquellos que no pueden pagar en efectivo, y es injusto para el caso del hombre rico:

Yahya me relató de Malik (que lo relató) de Abu'z-zinad, (que lo relató) de al-A'raj, (que lo relató) de Abu Hurayra, que el Mensajero de Allah, que la bendición y la paz de Allah sean con él, dijo, "La tardanza en el pago por parte de un hombre rico es algo injusto, pero cuando uno de ustedes se remite a un hombre solvente para el pago, déjenle aceptar al último esta remisión". ("Al-Muwatta", 31, 84) 

Está limitado a casos particulares, y no es para todos los casos en general:

Malik me relató de Musa ibn Maysara que este último escuchó a un hombre que le decía a Sa'id ibn al-Musayyad, "Soy un hombre que hace ventas a cambio de una deuda".  Sa'id le dijo, "No vendas excepto por lo que puedes poner directamente en tu camello".("Al-Muwatta", 31, 85)

Malik dijo, "Pagar por adelantado por algo que está a la mano sólo es bueno cuando el comprador toma posesión de aquello por lo que ha pagado tan pronto como entrega el oro, ya se trate de un esclavo, un camello o una casa.  En el caso de los dátiles, él empieza a cogerlos tan pronto como ha pagado el dinero.  No es bueno que haya ningún diferimiento o crédito en tal transacción".

Malik dijo, "Un ejemplo que ilustra lo que se desaprueba en esta situación es que por ejemplo, un hombre puede decir que pagará por adelantado a alguien por el uso de su camello en el hajj, y el hajj está todavía a la distancia, o él puede decri algo similar acerca de un esclavo o una casa".("Al-Muwatta", 31, 26) 

Y la transferencia de deudas también está limitada en el marco de su uso normal y espontáneo:

El caso de una deuda por una deuda:

Una deuda por una deuda significa que uno cambia una deuda que se le debe por una deuda que él debe pagar.

Una deuda no puede ser usada como medio de cambio, por cuanto su uso transformará todas las transacciones con plazos postergados, que son halal, en algo haram:

Malik dijo, "Si alguien paga por adelantado con oro o plata por bienes o animales que han sido descritos y que han de ser entregados antes de una fecha determinada, y esa fecha llega, o ya sea antes o después de esa fecha, no hay ningún daño en que el comprador venda esos bienes al vendedor a cambio de otros bienes que sean tomados inmediatamente y no sean postergados, sin importar la extensión del monto de tales bienes, excepto en el caso de la comida pues no es halal vender comida antes de que se tenga plena posesión de la misma.  El comprador puede vender tales bienes a otra persona distinta a la cual él se los ha comprado, a cambio de oro o plata y otros bienes.  Él toma posesión de los mismos [los bienes que recibe a cambio] sin diferir ello, pues si lo hace eso es repulsivo ya que da lugar a una transacción reprobada - retardo por retardo.  El retardo por retardo es vender una deuda contra un hombre a cambio de una deuda contra otro hombre".

("Al-Muwatta", 31, 70)

 

Malik dijo, "No hay ningún daño en que algo se tome inmediatamente tal como está, como la leche fresca y dátiles frescos escogidos, que el comprador puede coger día a día.  Si el suministro se acaba antes de que el comprador tenga todo aquello por lo que ha pagado, el vendedor le devuelve la porción de oro que le es debida, o bien el comprador toma otros bienes hasta el valor de lo que se le debe a él y respecto a lo cual hay mutuo acuerdo.  El comprador debería permanecer con el vendedor hasta que los haya tomado.  Es reprobable que el vendedor parta, pues entonces la transacción se entraría en la categoría prohibida de una deuda por otra deuda."

("Al-Muwatta", 31, 26)

 

Malik dijo, "La manera de hacer las cosas entre nosotros respecto al caso en que alguien hace un pago adelantado por comestibles a una tasa establecida hasta cierto día establecido, y cuando llega el día encuentra que el vendedor no tiene suficiente de lo que compró como para cumplir el pedido, y en consecuencia revoca la compra, es que a él sólo se le regresa exactamente el oro, la plata o el precio que pagó.  No comprará nada del mismo hombre hasta que se le regrese lo que pagó.  Ello, por cuanto si tomara algo además del precio que le dio o si lo cambiara por otros bienes distintos a los bienes que compró, se estaría vendiendo alimentos antes de que se tomara posesión de la misma".

("Al-Muwatta", 31, 49)

 

Respecto a comerciar de manera generalizada con recibos (deudas):

Zayd ibn Thabit, uno de los Compañeros del Mensajero de Allah, que la bendición y la paz de Allah sean con él, hizo haram el comerciar con recibos.  Él dijo que esto era usura.

Yahya me relató de Malik que él escuchó que se dio a la gente recibos en el tiempo de Marwan ibn al-Hakam para el producto del mercado en al-Jar.  La gente compraba y vendía los recibos entre ellos mismos antes de que tomaran posesión de los bienes.  Zayd ibn Thabit y uno de los Compañeros del Mensajero de Allah, que la bendición y la paz de Allah sean con él, fueron donde Marwan ibn al-Hakam y le dijeron: "¡Maewan!  ¿Haces las usura halal?".  Él dijo, "¡Me refugio en Allah! ¿Porqué dicen esto?"  Él dijo, "Son estos recibos (sukuukun) que la gente compra y vende antes de que tomen posesión de los bienes".  Marwan, por consiguiente, envió guardias a buscarlos y a tomar esos recibos de la mano de la gente y regresarlos a sus dueños.

("Al-Muwatta", 31, 44)

 Deudas que representan oro, plata o comida.

Una deuda que representa oro, plata o alimentos no puede ser comprada o vendida.

Las deudas que representan productos primarios, como el oro, la plata o los alimentos, que es como decir la moneda o el alimento, están impedidos de volverse medios de cambio: no puedes venderlos.  Precisamente son estos productos los que la gente estaría más dispuesta a aceptar pues son productos primarios, y por ende, permanentemente requeridos.  Esto significa cerrar la puerta a la permisión de que una deuda se vuelva un medio de cambio, puesto que toda otra mercancía (otras que las que hemos denominado mercancías primarias) no serán nunca comúnmente aceptadas como medios de cambio.

'Umar ibn al-Khattab no quería que el oro, la plata y el alimento fueran vendidos por bienes que serían pagados posteriormente.  No quería que hubiera una postergación o diferimiento (en el pago) en ninguna de esas ventas, ya sea que se trataran de un producto (commodity) o de diferentes productos.

("Al-Muwatta", 31, 38)

 

Yahya me relató de Malik, de 'Abdullah ibn Dinar, de 'Abdullah ibn 'Umar, que el Mensajero de Allah, que la bendición y la paz de Allah sean con él, dijo, "Quienquiera que compre alimentos no debería venderlos hasta que no tome posesión de ellos".

("Al-Muwatta", 31, 41)

 

Malik dijo, "El Mensajero de Allah, que la bendición y la paz de Allah sean con él, prohibió la venta de alimentos antes de que se hubieran recibido los mismos".

("Al-Muwatta", 31, 49)

 

Malik dijo ... el Mensajero de Alah, que la bendición y la paz de Allah sean con él, dijo, "Oro por plata es usura, a no ser que sea mano a mano".

("Al-Muwata", 31, 38)

Respecto a vender una deuda a la misma persona que te la debe en el mismo tipo de bienes y a un precio mayor.  Esto es haram.

Malik dijo, "La manera generalmente aceptada de hacer las cosas entre nosotros respecto a hacer un pago por adelantado por esclavos, ganado o bienes es que cuando todo lo que vaya a ser vendido es descrito y se hace un pago por adelantado por los mismos para tenerlos en cierta fecha, y al llegar la fecha ello no ocurre, es que el comprador no vende nada de ello a la persona a quien se lo ha comprado por más del precio que adelantó por lo mismo, antes de que haya tomado posesión plena de aquello por lo que pagó por adelantado.  Si lo hace, es usura".

("Al-Muwatta", 31, 70)

 

 

Malik dijo, "Si alguien paga por adelantado con oro o plata por bienes o animales que han sido y que han de ser entregados antes de una fecha determinada, y esa fecha llega, o ya sea antes o después de esa fecha, no hay ningún daño en que el comprador venda esos bienes al vendedor a cambio de otros bienes que sean tomados inmediatamente y no sean postergados, sin importar la extensión del monto de tales bienes, excepto en el caso de la comida pues no es halal vender comida antes de que se tenga plena posesión de la misma".

("Al-Muwatta", 31, 70)

Respecto a vender una deuda sobre la que falta de certeza.  Esto está prohibido.

Una persona no puede transferir una deuda que se le debe a menos que haya clara evidencia de que la persona que es deudor puede pagarla, y que no está endeudado más allá de lo que puede pagar.  Las transacciones que contienen falta de certeza están prohibidas.<